�
Metodolog�a
para el an�lisis y seguimiento
Criterios de selecci�n
de casos contra las
libertades de expresi�n
e informaci�n
Omar Ra�l Mart�nez
/ Ver�nica Trinidad Mart�nez
La
experiencia en el seguimiento y el an�lisis de casos de
amagos a la libre expresi�n, nos permiten plantear la siguiente
tipolog�a:�
1.
Agresiones p�blicas o embozadas a periodistas���
a) Acoso u hostigamiento�
b) Agresi�n
f�sica�
c) Allanamiento��
d) Amenazas e intimidaci�n�
e) Asesinato�
f) Atentado a la vida�
g) Censura�
h) Espionaje�
i) Intento de secuestro�
j) Obstaculizaci�n
o bloqueo informativo o veto o restricciones�
k) Secuestro�
l) Insultos�
2.
Hechos que pueden significar inhibici�n o presiones a periodistas��
m) Auto de formal prisi�n�
n) Cita a comparecer�
�) Demanda�
o) Despido�
p) Detenci�n
por parte de autoridades�
q) Orden de aprehensi�n�
r) Renuncia inducida�
s) Robo�
t) Suspensi�n�
u) Cateo�
3.
Agresiones p�blicas o embozadas a medios��
a) Allanamiento�
b) Amenazas e intimidaci�n�
c) Atentado�
d) Bloqueo informativo�
e) Censura�
g) Confiscaci�n�
h) Toma�
�
4.
Hechos que pueden significar inhibici�n o presiones a medios�
i) Auditor�a fiscal�
j) Bloqueo publicitario��
k) Cancelaci�n
de un programa o de una concesi�n��
l) Cierre temporal
o clausura de una emisora�
m) Demanda��
n) Embargo��
�) Robo�
o) Anuncio de bloqueo
informativo�
Vale
se�alar que no es gratuita la expresi�n agresiones
p�blicas o embozadas, pues los estudios realizados anteriormente
revelan que un considerable porcentaje de casos suelen ocurrir
bajo el anonimato de los responsables. En otras palabras: no resulta
infrecuente que ciertos personajes, molestos o inquietos por informaciones
o cr�ticas o comentarios publicados o por darse a conocer,
act�en contra periodistas a trav�s de mensajes inhibitorios
de manera embozada �es decir, sin dar la cara� para evitar comprometer
su imagen p�blica o la de la instituci�n que representan.
Por eso se decidi� considerar los casos en que los indicios
apuntan a tal prop�sito.�
En
torno a los hechos que pueden significar inhibici�n
o presiones a periodistas y medios de comunicaci�n, conviene
apuntar que, estrictamente hablando, no pueden considerarse �agresiones�.
Sin embargo, la experiencia indica que tanto la interpretaci�n
y aplicaci�n de las leyes como las relaciones medios-gobierno
en M�xico est�n influidas por la discrecionalidad
y la parcialidad en momentos clave, lo cual posibilita cauces
inhibitorios o de presi�n mediante argucias legales o de
otra �ndole. Por tanto, aunque resulta complejo dilucidar
a ciencia cierta cu�ndo se trata realmente de atentados
a las libertades de expresi�n e informaci�n1,
la simple referencia de tales hechos implica una insoslayable
veta de an�lisis.�
Las
variables�
Entre las variables por considerar para el desarrollo del estudio,
se encuentran: incidente, tipo de agresi�n o acto, nombre
de la persona afectada, sexo, cargo o quehacer, fuente informativa
o �rea del periodista, medio o espacio al que pertenece
o donde participa, fecha y lugar en que ocurri�, presuntos
responsables, motivos reales o aparentes del hecho, y referencia
o entidad o persona que proporcion� la informaci�n.�
Para los fines de un
an�lisis como el que aqu� se propone, resulta pertinente
definir el concepto de periodista: toda aquella persona
que participa de manera regular en el acopio, an�lisis,
procesamiento o redacci�n y difusi�n de informaciones
o comentarios a trav�s de los medios de comunicaci�n
y que vive de ello.2�� Por ende, cuando se
trate de agresiones a periodistas, �stos deber�n
identificarse como tales en funci�n de un cargo espec�fico:
articulista3� o columnista, caricaturista, comentarista
de radio y/o televisi�n, conductor o locutor, coordinador
de secci�n, corresponsal, director, subdirector, editor,
reportero gr�fico, jefe de informaci�n, jefe de
redacci�n, redactor, reportero, videoasta, y otros.�
En consecuencia, los
incidentes en contra de empleados de los medios de ninguna manera
pueden considerarse como agresiones a periodistas habida
cuenta que su cargo no se ajusta a la acepci�n de periodista�
que proponemos, pero s� habr�n de consignarse �s�lo
si las razones se vinculan directamente al ejercicio de las libertades
de expresi�n e informaci�n� como agresiones a medios.
En esa lista de afectados por su pertenencia a un medio de comunicaci�n,
se encuentran: el administrador o contador, due�o, gerente,
presidente, vigilante, voceador, secretaria, y empleado (aqu�
entran aquellos cargos no contemplados).�
La detecci�n
de las fuentes que cubren �o temas que abordan� los periodistas
afectados, contribuye a perfilar un abanico de las �reas
de mayor controversia o conflicto. As�, tras una consulta
a varios peri�dicos, se decidi� clasificar las fuentes
de la siguiente manera: 1) Agropecuaria/Agraria; 2) Cultural;
3) Deportes; 4) Ecolog�a/Medio ambiente; 5) Econom�a
y finanzas; 6) Educativa; 7) Espect�culos; 8) Informaci�n
general (incorpora: aeropuertos y turismo, organismos asistenciales
como ISSSTE e IMSS, asociaciones profesionales, Departamento del
Distrito Federal, delegaciones, estados, religi�n e Iglesias,
salud y medicina, seguridad p�blica); 9) Policiaca (juzgados,
nota roja); 10) Pol�tica (C�mara de Diputados, C�mara
de Senadores, derechos humanos, informaci�n diplom�tica,
informaci�n electoral, fuerzas armadas, sindicatos, ONG�s,
partidos pol�ticos, Presidencia de la Rep�blica,
secretar�as de Estado, Suprema Corte de Justicia); y 11)
Sociales.�
Una variable en la
que se ha puesto particular atenci�n por su carga acusatoria
es la referida a los responsables, la cual se desglosa as�:
1) Desconocidos; 2) Directivos de medios (due�o, presidente,
director, subdirector...); 3) Ex funcionarios de dependencias
policiacas 4) Ex funcionarios de gobierno; 5) Fuerzas del orden
(aqu� entra una largu�sima lista: agentes y comandantes
de la Polic�a Federal de Caminos, Polic�a Fiscal
Federal, Polic�a Judicial del Distrito Federal, Polic�a
Preventiva Municipal, Polic�a Judicial Estatal, Polic�a
Judicial Federal, as� como comandantes de la Procuradur�a
General de la Rep�blica, efectivos, granaderos y elementos
de la Secretar�a de Seguridad P�blica, elementos
de la Direcci�n de Seguridad P�blica, polic�as
antimotines de la Secretar�a de Protecci�n y Vialidad,
y toda clase de agentes, judiciales, polic�as �como los
de tr�nsito�, granaderos, y guardaespaldas como los del
Estado Mayor Presidencial); 6) Funcionarios de dependencias policiacas
(delegados de la PGR, directores de� DSP...); 7) Funcionarios
de gobierno (gobernadores, regidores, presidentes municipales...);
8) Grupos pol�ticos 9) Grupos sociales; 10) Instituciones
de gobierno; 11) Otros (organizadores de una feria, sacerdotes,
maestros...) 12) Particulares; 13) Representantes de partidos
pol�ticos (senadores, diputados, etc�tera); 14)
Representantes o miembros de organismos deportivos (Federaci�n
Mexicana de Futbol, clubes deportivos, directores t�cnicos,
jugadores, etc�tera); 15) Representantes o miembros de
instituciones educativas (profesores, alumnos, coordinadores,
etc�tera), y 16) Supuestos narcotraficantes.�
Los motivos para cometer
cada uno de los hechos o agresiones contra periodistas y medios,
constituyen otra variable de sumo inter�s por lo que tienen
de significaci�n para el ejercicio de las libertades de
expresi�n e informaci�n en nuestro pa�s.
Por ello, resulta imprescindible definirlos en detalle:�
a) Por contenidos:
cuando el periodista escribe, publica o transmite determinado
material que molesta o preocupa a alguien, sin especificar si
el afectado es un articulista, columnista o reportero. b) Por
cr�ticas: cuando el periodista o el medio realiza juicios
o comentarios cr�ticos de las actividades de organismos
o personas p�blicas; por lo general se trata de columnistas,
articulistas o ensayistas que analizan, cuestionan y opinan en
torno a temas de coyuntura.4� c) Por denuncias:
cuando un reportero �o eventualmente un columnista� hace la revelaci�n
de datos, sucesos o informes que evidencian manejos turbios o
ineficientes o ilegales, que afectan al conjunto social y son
de inter�s p�blico. d) Por motivos desconocidos:
cuando la fuente omite el dato o el afectado ignora la identidad
de los agresores. e) Por nexos con el narcotr�fico:
cuando el periodista aparentemente tiene alg�n v�nculo
con narcotraficantes. f) Por ejercer su labor: cuando el
periodista resulta agredido por o al momento de realizar su trabajo
reporteril.� g) Por posibles contenidos o denuncias:
cuando no se tiene la certeza de que el periodista haya sido agredido
por transmitir alguna informaci�n o comentario, pero hay
probables indicadores para se�alar responsabilidades. h)
Robo: cuando al periodista se le despoja de alg�n material
de trabajo con el fin indirecto de inhibir su labor y los indicios
refuerzan tal hip�tesis. i) Por difundir propaganda
propia: cuando los responsables toman las instalaciones
de un medio informativo con el prop�sito de divulgar sus
propios planteamientos, informaciones o puntos de vista en torno
a asuntos que les compete.�
Finalmente, las variables
referidas a nombre, sexo, medio o espacio, fecha y lugar, significan
datos de relevancia innegable, por lo que tambi�n son tomados
en cuenta en la presente� metodologia.�
Criterios
adicionales�
1) Cuando concurra m�s de un incidente en una oportunidad,
en el listado aparecer�n como un s�lo caso, y se
consignar� para el an�lisis s�lo el primero
por ser el predominante.�
2) Los incidentes de
tipo judicial (demanda, cita a comparecer, orden de aprehensi�n
y auto de formal prisi�n) cometidos en una o varias oportunidades,
se contemplar�n �cada caso� en el an�lisis de manera
separada.�
3) Las agresiones contra
empleados s�lo podr�n ser consideradas si en ellas
se advierten claros indicios de afectar a la persona por su pertenencia
al medio. De tal suerte que dicho acto se integre al bloque de
agresiones a medios de comunicaci�n.�
4) La detecci�n
de las fuentes se inferir� de acuerdo con la clase de agresor
o responsable.�
5) Las agresiones a
camar�grafos se registrar�n en el apartado de Fot�grafos/Reporteros
por considerar que se trata de un hecho implicado directamente
en el ejercicio reporteril.�
6) Se considerar�
perjuicio colectivo cuando se agredan a m�s de tres
personas en las mismas circunstancias y en la misma ocasi�n.�
7) �nicamente
se contemplar�n robos cuando �stos tengan
como fin central atentar contra las libertades de expresi�n
e informaci�n.�
8) Se excluir�n
del an�lisis los asesinatos de periodistas que evidentemente
�de acuerdo con los indicios judiciales y las propias fuentes
hemerogr�ficas��� hayan sido cometidos por razones
ajenas al oficio period�stico.�
NOTAS�
1)
Aqu� nos ajustamos a lo delineado por Ernesto Villanueva:
�[...] el contenido de la libertad de expresi�n �puede
consistir en reflexiones o comentarios sobre ideas generales,
o referirse a comentarios sobre noticias relacionadas con acontecimientos
concretos�, o como bien ha se�alado el Tribunal Constitucional
de Espa�a: �La libertad de expresi�n tiene por objeto
pensamientos, ideas y opiniones��. Y por lo que se refiere a la
libertad de informaci�n, el mismo autor la concibe como
�el derecho de todo individuo a recibir, investigar y transmitir
hechos dotados de trascendencia p�blica a trav�s
de los medios de comunicaci�n social�. V�ase Villanueva,
Ernesto. R�gimen jur�dico de las libertades de
expresi�n e informaci�n en M�xico. UNAM,
M�xico, 1998. 253 pp.���
2)�
Se entiende que entra en la acepci�n de periodista
quien se encargue tan s�lo de una de esas etapas, como
un redactor o un editor.
3)
Habitualmente un articulista no vive s�lo de su
tarea como tal. Pero se contempla en el presente estudio por la
imposibilidad de soslayar su ejercicio de la libertad de expresi�n
y la recurrencia de actos en su contra.
4)
Tal apartado puede ubicarse en los linderos referidos a la libertad
de expresi�n.