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Metodolog�a para el an�lisis y seguimiento

Criterios de selecci�n de casos contra las
libertades de expresi�n e informaci�n

Omar Ra�l Mart�nez / Ver�nica Trinidad Mart�nez


La experiencia en el seguimiento y el an�lisis de casos de amagos a la libre expresi�n, nos permiten plantear la siguiente tipolog�a:

1. Agresiones p�blicas o embozadas a periodistas�

a) Acoso u hostigamiento

b) Agresi�n f�sica
c) Allanamiento�
d) Amenazas e intimidaci�n
e) Asesinato
f) Atentado a la vida
g) Censura
h) Espionaje
i) Intento de secuestro
j) Obstaculizaci�n o bloqueo informativo o veto o restricciones
k) Secuestro
l) Insultos

2. Hechos que pueden significar inhibici�n o presiones a periodistas�

m) Auto de formal prisi�n

n) Cita a comparecer
�) Demanda
o) Despido
p) Detenci�n por parte de autoridades
q) Orden de aprehensi�n
r) Renuncia inducida
s) Robo
t) Suspensi�n
u) Cateo

3. Agresiones p�blicas o embozadas a medios�

a) Allanamiento

b) Amenazas e intimidaci�n
c) Atentado
d) Bloqueo informativo
e) Censura
g) Confiscaci�n
h) Toma

4. Hechos que pueden significar inhibici�n o presiones a medios

i) Auditor�a fiscal

j) Bloqueo publicitario�
k) Cancelaci�n de un programa o de una concesi�n�
l) Cierre temporal o clausura de una emisora
m) Demanda�
n) Embargo�
�) Robo
o) Anuncio de bloqueo informativo

Vale se�alar que no es gratuita la expresi�n agresiones p�blicas o embozadas, pues los estudios realizados anteriormente revelan que un considerable porcentaje de casos suelen ocurrir bajo el anonimato de los responsables. En otras palabras: no resulta infrecuente que ciertos personajes, molestos o inquietos por informaciones o cr�ticas o comentarios publicados o por darse a conocer, act�en contra periodistas a trav�s de mensajes inhibitorios de manera embozada �es decir, sin dar la cara� para evitar comprometer su imagen p�blica o la de la instituci�n que representan. Por eso se decidi� considerar los casos en que los indicios apuntan a tal prop�sito.

En torno a los hechos que pueden significar inhibici�n o presiones a periodistas y medios de comunicaci�n, conviene apuntar que, estrictamente hablando, no pueden considerarse �agresiones�. Sin embargo, la experiencia indica que tanto la interpretaci�n y aplicaci�n de las leyes como las relaciones medios-gobierno en M�xico est�n influidas por la discrecionalidad y la parcialidad en momentos clave, lo cual posibilita cauces inhibitorios o de presi�n mediante argucias legales o de otra �ndole. Por tanto, aunque resulta complejo dilucidar a ciencia cierta cu�ndo se trata realmente de atentados a las libertades de expresi�n e informaci�n1, la simple referencia de tales hechos implica una insoslayable veta de an�lisis.

Las variables

Entre las variables por considerar para el desarrollo del estudio, se encuentran: incidente, tipo de agresi�n o acto, nombre de la persona afectada, sexo, cargo o quehacer, fuente informativa o �rea del periodista, medio o espacio al que pertenece o donde participa, fecha y lugar en que ocurri�, presuntos responsables, motivos reales o aparentes del hecho, y referencia o entidad o persona que proporcion� la informaci�n.

Para los fines de un an�lisis como el que aqu� se propone, resulta pertinente definir el concepto de periodista: toda aquella persona que participa de manera regular en el acopio, an�lisis, procesamiento o redacci�n y difusi�n de informaciones o comentarios a trav�s de los medios de comunicaci�n y que vive de ello.2�� Por ende, cuando se trate de agresiones a periodistas, �stos deber�n identificarse como tales en funci�n de un cargo espec�fico: articulista3� o columnista, caricaturista, comentarista de radio y/o televisi�n, conductor o locutor, coordinador de secci�n, corresponsal, director, subdirector, editor, reportero gr�fico, jefe de informaci�n, jefe de redacci�n, redactor, reportero, videoasta, y otros.
En consecuencia, los incidentes en contra de empleados de los medios de ninguna manera pueden considerarse como agresiones a periodistas habida cuenta que su cargo no se ajusta a la acepci�n de periodista� que proponemos, pero s� habr�n de consignarse �s�lo si las razones se vinculan directamente al ejercicio de las libertades de expresi�n e informaci�n� como agresiones a medios. En esa lista de afectados por su pertenencia a un medio de comunicaci�n, se encuentran: el administrador o contador, due�o, gerente, presidente, vigilante, voceador, secretaria, y empleado (aqu� entran aquellos cargos no contemplados).
La detecci�n de las fuentes que cubren �o temas que abordan� los periodistas afectados, contribuye a perfilar un abanico de las �reas de mayor controversia o conflicto. As�, tras una consulta a varios peri�dicos, se decidi� clasificar las fuentes de la siguiente manera: 1) Agropecuaria/Agraria; 2) Cultural; 3) Deportes; 4) Ecolog�a/Medio ambiente; 5) Econom�a y finanzas; 6) Educativa; 7) Espect�culos; 8) Informaci�n general (incorpora: aeropuertos y turismo, organismos asistenciales como ISSSTE e IMSS, asociaciones profesionales, Departamento del Distrito Federal, delegaciones, estados, religi�n e Iglesias, salud y medicina, seguridad p�blica); 9) Policiaca (juzgados, nota roja); 10) Pol�tica (C�mara de Diputados, C�mara de Senadores, derechos humanos, informaci�n diplom�tica, informaci�n electoral, fuerzas armadas, sindicatos, ONG�s, partidos pol�ticos, Presidencia de la Rep�blica, secretar�as de Estado, Suprema Corte de Justicia); y 11) Sociales.
Una variable en la que se ha puesto particular atenci�n por su carga acusatoria es la referida a los responsables, la cual se desglosa as�: 1) Desconocidos; 2) Directivos de medios (due�o, presidente, director, subdirector...); 3) Ex funcionarios de dependencias policiacas 4) Ex funcionarios de gobierno; 5) Fuerzas del orden (aqu� entra una largu�sima lista: agentes y comandantes de la Polic�a Federal de Caminos, Polic�a Fiscal Federal, Polic�a Judicial del Distrito Federal, Polic�a Preventiva Municipal, Polic�a Judicial Estatal, Polic�a Judicial Federal, as� como comandantes de la Procuradur�a General de la Rep�blica, efectivos, granaderos y elementos de la Secretar�a de Seguridad P�blica, elementos de la Direcci�n de Seguridad P�blica, polic�as antimotines de la Secretar�a de Protecci�n y Vialidad, y toda clase de agentes, judiciales, polic�as �como los de tr�nsito�, granaderos, y guardaespaldas como los del Estado Mayor Presidencial); 6) Funcionarios de dependencias policiacas (delegados de la PGR, directores de� DSP...); 7) Funcionarios de gobierno (gobernadores, regidores, presidentes municipales...); 8) Grupos pol�ticos 9) Grupos sociales; 10) Instituciones de gobierno; 11) Otros (organizadores de una feria, sacerdotes, maestros...) 12) Particulares; 13) Representantes de partidos pol�ticos (senadores, diputados, etc�tera); 14) Representantes o miembros de organismos deportivos (Federaci�n Mexicana de Futbol, clubes deportivos, directores t�cnicos, jugadores, etc�tera); 15) Representantes o miembros de instituciones educativas (profesores, alumnos, coordinadores, etc�tera), y 16) Supuestos narcotraficantes.
Los motivos para cometer cada uno de los hechos o agresiones contra periodistas y medios, constituyen otra variable de sumo inter�s por lo que tienen de significaci�n para el ejercicio de las libertades de expresi�n e informaci�n en nuestro pa�s. Por ello, resulta imprescindible definirlos en detalle:
a) Por contenidos: cuando el periodista escribe, publica o transmite determinado material que molesta o preocupa a alguien, sin especificar si el afectado es un articulista, columnista o reportero. b) Por cr�ticas: cuando el periodista o el medio realiza juicios o comentarios cr�ticos de las actividades de organismos o personas p�blicas; por lo general se trata de columnistas, articulistas o ensayistas que analizan, cuestionan y opinan en torno a temas de coyuntura.4� c) Por denuncias: cuando un reportero �o eventualmente un columnista� hace la revelaci�n de datos, sucesos o informes que evidencian manejos turbios o ineficientes o ilegales, que afectan al conjunto social y son de inter�s p�blico. d) Por motivos desconocidos: cuando la fuente omite el dato o el afectado ignora la identidad de los agresores. e) Por nexos con el narcotr�fico: cuando el periodista aparentemente tiene alg�n v�nculo con narcotraficantes. f) Por ejercer su labor: cuando el periodista resulta agredido por o al momento de realizar su trabajo reporteril.� g) Por posibles contenidos o denuncias: cuando no se tiene la certeza de que el periodista haya sido agredido por transmitir alguna informaci�n o comentario, pero hay probables indicadores para se�alar responsabilidades. h) Robo: cuando al periodista se le despoja de alg�n material de trabajo con el fin indirecto de inhibir su labor y los indicios refuerzan tal hip�tesis. i) Por difundir propaganda propia: cuando los responsables toman las instalaciones de un medio informativo con el prop�sito de divulgar sus propios planteamientos, informaciones o puntos de vista en torno a asuntos que les compete.
Finalmente, las variables referidas a nombre, sexo, medio o espacio, fecha y lugar, significan datos de relevancia innegable, por lo que tambi�n son tomados en cuenta en la presente� metodologia.

Criterios adicionales

1) Cuando concurra m�s de un incidente en una oportunidad, en el listado aparecer�n como un s�lo caso, y se consignar� para el an�lisis s�lo el primero por ser el predominante.

2) Los incidentes de tipo judicial (demanda, cita a comparecer, orden de aprehensi�n y auto de formal prisi�n) cometidos en una o varias oportunidades, se contemplar�n �cada caso� en el an�lisis de manera separada.
3) Las agresiones contra empleados s�lo podr�n ser consideradas si en ellas se advierten claros indicios de afectar a la persona por su pertenencia al medio. De tal suerte que dicho acto se integre al bloque de agresiones a medios de comunicaci�n.
4) La detecci�n de las fuentes se inferir� de acuerdo con la clase de agresor o responsable.
5) Las agresiones a camar�grafos se registrar�n en el apartado de Fot�grafos/Reporteros por considerar que se trata de un hecho implicado directamente en el ejercicio reporteril.
6) Se considerar� perjuicio colectivo cuando se agredan a m�s de tres personas en las mismas circunstancias y en la misma ocasi�n.
7) �nicamente se contemplar�n robos cuando �stos tengan como fin central atentar contra las libertades de expresi�n e informaci�n.
8) Se excluir�n del an�lisis los asesinatos de periodistas que evidentemente �de acuerdo con los indicios judiciales y las propias fuentes hemerogr�ficas��� hayan sido cometidos por razones ajenas al oficio period�stico.

NOTAS

1) Aqu� nos ajustamos a lo delineado por Ernesto Villanueva: �[...] el contenido de la libertad de expresi�n �puede consistir en reflexiones o comentarios sobre ideas generales, o referirse a comentarios sobre noticias relacionadas con acontecimientos concretos�, o como bien ha se�alado el Tribunal Constitucional de Espa�a: �La libertad de expresi�n tiene por objeto pensamientos, ideas y opiniones��. Y por lo que se refiere a la libertad de informaci�n, el mismo autor la concibe como �el derecho de todo individuo a recibir, investigar y transmitir hechos dotados de trascendencia p�blica a trav�s de los medios de comunicaci�n social�. V�ase Villanueva, Ernesto. R�gimen jur�dico de las libertades de expresi�n e informaci�n en M�xico. UNAM, M�xico, 1998. 253 pp.��
2)� Se entiende que entra en la acepci�n de periodista quien se encargue tan s�lo de una de esas etapas, como un redactor o un editor.
3) Habitualmente un articulista no vive s�lo de su tarea como tal. Pero se contempla en el presente estudio por la imposibilidad de soslayar su ejercicio de la libertad de expresi�n y la recurrencia de actos en su contra.
4) Tal apartado puede ubicarse en los linderos referidos a la libertad de expresi�n.




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